El leasing inmobiliario tiene muchas ventajas para las empresas y propietarios. El ‘leasing inmobiliario’ se trata de una fórmula de financiación para que las empresas y otro tipo de organizaciones puedan hacerse con un inmueble sin necesidad de pasar por el trámite de firmar una hipoteca. Con esta fórmula pueden acceder a un inmueble a base a un acuerdo con un arrendador financiero, que lo compre y que acto seguido lo cede en régimen de arrendamiento, con una opción de compra al final del contrato. El tratamiento fiscal es muy interesante es que los contratos de ‘leasing’ gozan de unas condiciones fiscales bastante favorables. Este tipo de contratos se encuentra adecuadamente regulado en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, que en el artículo 106 establecen una serie de requisitos como que el arrendador debe ser una entidad de crédito o un establecimiento financiero de crédito, la duración mínima del contrato será de dos años para bienes muebles y diez años para inmuebles, y la cuota debe expresarse en el contrato. El contrato debe incluir la opción de compra
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